PabloR6 Publicado 7 de Octubre del 2005 Denunciar Publicado 7 de Octubre del 2005 Y qué pasa si el titular del vehiculo es una empresa y no identificas al conductor?a quien le quitan el carnet? :clap1: Tambien dudo yo aqui!! En este caso que ocurre?yo conduzco habitualmete coches de empresa y no se que pasaria S2 la multa la pagaria la empresa si no identifica al conductor... logicamente,a la empresa tampoco puedn quitarle le carnet Pues un conocido mío tiene una empresa a la que le han quitado el carnet......y es cierto que yo lo vi.... Responder
mavimad Publicado 7 de Octubre del 2005 Denunciar Publicado 7 de Octubre del 2005 y DALE PEDALES!Que no te quitan el carnet si no identificas a nadie c***,que se de lo que hablo Ahí ahí :clap1: Responder
Antoñito Publicado 7 de Octubre del 2005 Denunciar Publicado 7 de Octubre del 2005 Si no se identifica el conductor no hay retirada de carnet. El afan recaudatorio es mayor que el saber quien conducia el coche. Pagaras mas euros de multa y punto. P.D. Menos moralinas, todos hemos sobrepasado los limites de velocidad alguna vez. Si te cazan, apechugas. Responder
Wintermute Publicado 7 de Octubre del 2005 Denunciar Publicado 7 de Octubre del 2005 P.D. Menos moralinas, todos hemos sobrepasado los limites de velocidad alguna vez. Si te cazan, apechugas. Yo creo que no hay más misterio... Responder
Joe vespino Publicado 7 de Octubre del 2005 Denunciar Publicado 7 de Octubre del 2005 Por cierto, saben uds. que coche tiene ese personaje (que se cree gracioso) y que sale de vez en cuando en TV diciendo que recomienda la compra de coches poco potentes, un tal P. Navarro? Pues para predicar con el ejemplo, utiliza un Audi A8 W12.... :o :clap1: y seguro que no pasa de 120km/h ni 50 en ciudad. Lo siento pero esta hipocresía me pone de mal humor. :clap1: Salu2 :o Ottia ¿eso es cierto? ¿viaja en un W12 el muy canalla? Responder
Joe vespino Publicado 7 de Octubre del 2005 Denunciar Publicado 7 de Octubre del 2005 Desde el 10 de agosto lo que está en vigor es ésto: El titular o el arrendatario del vehículo con el que se haya cometido una infracción, debidamente requerido para ello, tienen el deber de identificar verazmente al conductor responsable de la infracción. Si incumpliera esta obligación en el trámite procedimental oportuno, sin causa justificada, será sancionado pecuniariamente como autor de la infracción muy grave prevista en el artículo 65.5.i). En los mismos términos responderán las personas especificadas en el párrafo anterior cuando no sea posible notificar la denuncia al conductor que aquéllos identifiquen, por causa imput*ble a ellos. Las empresas de alquiler sin conductor a corto plazo, acreditarán el cumplimiento de la obligación legal de identificar al conductor responsable de la infracción mediante la remisión, al órgano instructor correspondiente, de un duplicado o copia del contrato de arrendamiento donde quede acreditado el concepto de conductor de la persona que figure en el contrato. Las infracciones muy graves previstas en los párrafos i), j), k), l), m), n) y ñ) del artículo 65.5 podrán ser sancionadas con multa de 301 hasta 1.500 euros. Responder
Guest Publicado 7 de Octubre del 2005 Denunciar Publicado 7 de Octubre del 2005 Que no pages c***!! :clap1: Responder
Wintermute Publicado 7 de Octubre del 2005 Denunciar Publicado 7 de Octubre del 2005 Vámos, que si no te identificas el culpable directamente pasa a ser el propietario del vehiculo, salvo contadas excepciones como los Renting´s y demás.. :clap1: Responder
sline Publicado 7 de Octubre del 2005 Denunciar Publicado 7 de Octubre del 2005 que yo sepa son 500€ si te niegas a identificar el conductor.Y punto.No te pueden quitar el carnet a ti puesto que no se sabe quien es el conductor,asi qeu no seas pavo,no identifiques a nadie,aunque pagues algo mas mi padre es abogado....y aunque es verdad que sino identificas tu eres el responsable , las posibilidad de perder en juicio es casi imposible....NO TE IDENTIFIQUES!.....ezo si prepara la cartera! :blink: Responder
Jcl Publicado 7 de Octubre del 2005 Denunciar Publicado 7 de Octubre del 2005 lo siento tio , ponte un detector pa la proxima Eso no sirve para nada ..... la mayoria te los detectan cuando te han puesto el marco de la foto ... asi q imagina. Saludos Pues a mi la experiencia me dice que si que sirven Cual tienes? A bueno le has ido a preguntar... :blink: Responder
TANGO_S3 Publicado 7 de Octubre del 2005 Denunciar Publicado 7 de Octubre del 2005 Pero la retirada del carnet de que estamos hablando de cuantos meses, por una inferaccion grave no t elo kitan definitivamente. HORA ME PONGO A PENSAR CUANDO MI COLEGA COGIO 280 EN LA M-40, UNA DE 2 O NO LE PILLAN LOS RADARES A ESA VELOCIDAD O SI LE PILLAN NO SE jod**RRRRR. Responder
Fertdi Publicado 8 de Octubre del 2005 Denunciar Publicado 8 de Octubre del 2005 HORA ME PONGO A PENSAR CUANDO MI COLEGA COGIO 280 EN LA M-40, UNA DE 2 O NO LE PILLAN LOS RADARES A ESA VELOCIDAD O SI LE PILLAN NO SE jod**RRRRR. ¡¡¡¡¡BUFFFF!!!!! A esas velocidades lo mismo le aplican el Código Penal y le meten conducción temeraria Responder
juanluisvg Publicado 9 de Octubre del 2005 Denunciar Publicado 9 de Octubre del 2005 Pues bl00m y yo tuvimos una experiencia "radial" este finde, menos mal q no le pillo Por lo demas, hay q andarse con mucho cuidado, este q os digo yo estaba fuera de la via y es d los pocos radares digitales q hay en Murcia :drool: (era movil) Responder
Al3x Publicado 9 de Octubre del 2005 Denunciar Publicado 9 de Octubre del 2005 ...yo no tengo ni idea de qué puedes hacer para librarte de la sanción...lo que sí tengo claro es que no lo siento lo más mínimo. :drool: Me encantaría que te retirasen una temporada el carné, un kamikaze menos en la carretera. Muy listo si señor, seguro que tu nunca has pasado de 120, no seamos lo que ellos quieren que seamos, que el limite de 120 es de cuando circulavan por nustras carreteras los seat 600, quien me dice que en un momento puntual su audi no es seguro a 180, porfavor esto me pone enfermo! Que estos cab***es de la dgt ya podrian invertir en otras cosas, que con lo que cuesta un radar podrian comprar varias ambulancias y mejorar los tiempos de respuesta en caso de accidente, que falta nos hace, en ese aspecto somos tercermundistas, un compañero mio tuvo un accidente de moto y la ambulancia nos tardo en llegar 1 hora, en fin espero que no te retiren el carnet ! Un saludo. Responder
Fertdi Publicado 10 de Octubre del 2005 Denunciar Publicado 10 de Octubre del 2005 ...yo no tengo ni idea de qué puedes hacer para librarte de la sanción...lo que sí tengo claro es que no lo siento lo más mínimo. Me encantaría que te retirasen una temporada el carné, un kamikaze menos en la carretera. B) Muy listo si señor, seguro que tu nunca has pasado de 120, no seamos lo que ellos quieren que seamos, que el limite de 120 es de cuando circulavan por nustras carreteras los seat 600, quien me dice que en un momento puntual su audi no es seguro a 180, porfavor esto me pone enfermo! Que estos cab***es de la dgt ya podrian invertir en otras cosas, que con lo que cuesta un radar podrian comprar varias ambulancias y mejorar los tiempos de respuesta en caso de accidente, que falta nos hace, en ese aspecto somos tercermundistas, un compañero mio tuvo un accidente de moto y la ambulancia nos tardo en llegar 1 hora, en fin espero que no te retiren el carnet ! Un saludo. Nuestros coches pueden coger buenas velocidades y seguir siendo "estables" y seguros, pero ¿y las carreteras españolas? ¿están hechas para correr? Estoy TOTALMENTE de acuerdo en que el límite de 120 km/h en muchos casos es ridículo y que "no pasa nada" por ir un poquito más rápido (130-140) si las circunstancias lo permiten, pero estamos hablando de superar el límite en muuuuchos kms más, estamos hablando de superar los 200 km/h, que eso es mucha tela. Que conste que NO QUIERO CRITICAR A NADIE, que es una opinión más, pero que antes de poder "correr" tanto deberían cambiar a mejor muchas cosas, no sólo nuestros coches. SALUDOS :o Responder
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