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Anteriormente, sólo se beneficiaban de e1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), para la clarificación del concepto del vehículo destinado al transporte de personas con minusvalía contenido en la misma ley. (BOE núm. 98, 25/04/2006)

 

 

sta ventaja, los llamados “coches de minusválidos”, aquellos cuya tara y velocidad no son superiores a 350 Kg y 45 km/hora, y los autotaxis o autoturismos especiales que prestaban un servicio público de transporte.

 

Actualmente, cualquier vehículo a motor, que se destine a transportar habitualmente a personas usuarias de sillas de ruedas o con movilidad reducida, se podrá adquirir a un tipo reducido del IVA del 4% (el tipo general es del 16%). Por tanto, no es necesario que el vehículo esté adaptado ni que los conductores o propietarios de los mismos sean personas con discapacidad. No obstante, este derecho deberá ser reconocido previamente por la Administración tributaria tras la justificación del destino del vehículo y de la minusvalía.


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Un par de preguntillas

 

Especifica la ley un porcentaje mínimo de minusvalía?

 

Cuando vendes el coche, pasa algo con el % que falta de IVA (vamos, mas o menos como con el impuesto de matriculación??.

 

SDS.

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wenas

no es necesario que la persona k vaya a adquirir el vehiculo vaya en silla de ruedas, solamente k tenga una discapacidad superior al 33%, k me corrija alguien si no estoy en lo cierto. En el boe dicen claramente lo del 33...

 

Un saludo

Publicado
wenas

no es necesario que la persona k vaya a adquirir el vehiculo vaya en silla de ruedas, solamente k tenga una discapacidad superior al 33%, k me corrija alguien si no estoy en lo cierto. En el boe dicen claramente lo del 33...

 

Un saludo

 

 

Correcto :drool:

 

S2

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Esto lo he leido en otro foro pero lo voy a poner aqui porque me parece interesante:

 

Yo pasé ayer por una delegacion de Hacienda.Despues de chuparme 1 hora de cola, la funcionaria no tenia muy claro el tema y aviso a un compañero.

Este me indicó que para hacer valido ese descuento en el impuesto de valor añadido, es necesario tener especificado en el certificado de minusvalia superior al 33% que la persona posee movilidad reducida. Sino hacienda no podrá comprobar lo de movilidad reducida.

Con esto, al conce se le abonará el 16 % si no se tiene el reconocimiento de movilidad reducida y a posterior en la declaracion de la renta se devolverá el 12% de IVA tras comprobarla.

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Creo q hay q tener la minusvalia mas la movilidad reducida sino nanai.

 

 

Los vehículos destinados a ser utilizados como autotaxis o autoturismos especiales para el transporte de personas con minusvalía en silla de ruedas, bien directamente o previa su adaptación, así como los vehículos a motor que, previa adaptación o no, deban transportar habitualmente a personas con minusvalía en silla de ruedas o con movilidad reducida, con independencia de quién sea el conductor de los mismos.

 

La aplicación del tipo impositivo reducido a los vehículos comprendidos en el párrafo anterior requerirá el previo reconocimiento del derecho del adquirente, que deberá justificar el destino del vehículo.

 

A efectos de esta Ley, se considerarán personas con minusvalías aquellas con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento. El grado de minusvalía deberá acreditarse mediante certificación o resolución expedida por el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales o el órgano competente de la Comunidad Autónoma.»

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os confirmo q si q hay q tener una minusvalia igual o superior al 33% y q dixa minusvalia no permita tener una movilidad normal, es decir, es necesario poseer movilidad reducida, fijo.

 

lo se xq hemos comprado un coche beneficiandonos de este tipo d IVA.

 

un saludo. :clap1:

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espera q t lo miro, :cfsd1: ... ya esta, si mis cuentas no m fallan (y algo lo haran) , nos hemos ahorrado unos 1850 euritos :cry2:

 

esto es lo q nos hemos ahorrado en cuanto al cambio del IVA, despues esta el ahorro q t dan x comprar un coche y tener una minusvalia , q en el caso de BMW (nos hemos cogido un mini) , es de un minimo del 6% q en nuestro caso se ha incrementado hasta un 8 y piko.

 

un saludo.

:)

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Si lo vendes antes de 4 años creo tienes que devoolver el impuestod de matriculacion e IVA. la parte proporcional.

 

Por desgracia hay que devolver TODO, no sólo la parte proporional que sería lo lógico.

 

s2

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espera q t lo miro, :cfsd1: ... ya esta, si mis cuentas no m fallan (y algo lo haran) , nos hemos ahorrado unos 1850 euritos :cry2:

 

esto es lo q nos hemos ahorrado en cuanto al cambio del IVA, despues esta el ahorro q t dan x comprar un coche y tener una minusvalia , q en el caso de BMW (nos hemos cogido un mini) , es de un minimo del 6% q en nuestro caso se ha incrementado hasta un 8 y piko.

 

un saludo.

:)

 

O sea que BMW hace un 6% o un 8% a los minusválidos no?? Esto al margen del descuento que negocies como cualquier otro comprador, no? (bueno, y la matriculación y el IVA reducido, claro).

 

No sabras cuanto hacen en el BMW coupe, verdad?

 

s2

Publicado

Si lo vendes antes de 4 años creo tienes que devoolver el impuestod de matriculacion e IVA. la parte proporcional.

 

Por desgracia hay que devolver TODO, no sólo la parte proporional que sería lo lógico.

 

s2

 

estas seguro¿¿?? ... xq mi hermana lo va a ir a preguntar a hacienda para la semana y teniamos pensado ( y los comerciales tb lo decian) q solo era la parte q kedaba...

 

espero q no nos llevemos una desgradable sorpresa :flwrs:

 

...

 

x lo q le entendi a los comerciales (q se enrrollan muxo), BMW hace un maximo de un 6%, al publico en general..pero despues pueden incrementar ese descuento hasta casi un 9%...

 

la xica q nos vendio el coche dijo q se kedo con un beneficio en la venta de ... 15 euros, no se si sera verdad o no..pero decir lo dijo.

 

lo siento, no se cuanto descuento t podrian hacer en un bmw coupe, pero acercate a un conce y pregunta...creo q con los descuentos y todo t kedaria en un buen precio.

 

un saludo. <_<

Publicado

Si lo vendes antes de 4 años creo tienes que devoolver el impuestod de matriculacion e IVA. la parte proporcional.

 

Por desgracia hay que devolver TODO, no sólo la parte proporional que sería lo lógico.

 

s2

 

estas seguro¿¿?? ... xq mi hermana lo va a ir a preguntar a hacienda para la semana y teniamos pensado ( y los comerciales tb lo decian) q solo era la parte q kedaba...

 

espero q no nos llevemos una desgradable sorpresa :cfsd1:

 

...

 

x lo q le entendi a los comerciales (q se enrrollan muxo), BMW hace un maximo de un 6%, al publico en general..pero despues pueden incrementar ese descuento hasta casi un 9%...

 

la xica q nos vendio el coche dijo q se kedo con un beneficio en la venta de ... 15 euros, no se si sera verdad o no..pero decir lo dijo.

 

lo siento, no se cuanto descuento t podrian hacer en un bmw coupe, pero acercate a un conce y pregunta...creo q con los descuentos y todo t kedaria en un buen precio.

 

un saludo. :blink:

 

Pues me emo que os vais a llevar una desagradable sorpresa porque a un familiar mio le pasó y se lo he oído a más gente. Si no se esperan los 4 años hay que devolver todo. A mi me parece injusto porque debería ser la parte proporcional, pero...

 

De cualquier forma espero estar equivocado y que no sea así. Ya nos contarás.

 

Si, pero por lo que entiendo BMW no no hace ya un descuento a colectivos como por ejemplo a minusválidos al margen del que se hece a todo el mundo??

 

Es que antes además de lo que negociaras ya te daban hasta un 8% por ser minusválido (lo daba la marca y no había que negociarlo ni nada) y luego pues lo que les sacaras como todo el mundo (un 4, un 5, un 9, ...).

 

s2

 

s2

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