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Hola !!!!.....tengo una duda que me corroe.......Tengo una pequeña empresa y quiero comprar mi A3 por empresa...con lo cual me ahorro un buen pellizco ( + de 4.000 Euros ), pero.....

 

-- A alguien le ha dado problemas esto?

-- Me han dicho que te ponen el cristal de atras de chapa ( véase los típicos blancos .....en fin ya sabeis lo que os digo no? ) ......pero me ha sonado a cuento chino.

-- Al comprarlo me ahorro el IVA , pero , sabeis si al venderlo tengo que pagar mas de lo normal, o siquiera si puedo venderlo?

-- En definitiva, si alguien sabe decirme pros y contras ( quiero decir que no llegue el dia en que me vea con una sorpresa del copón y me jod** el A3 )......bueno....ya sabeis..........


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Hola !!!!.....tengo una duda que me corroe.......Tengo una pequeña empresa y quiero comprar mi A3 por empresa...con lo cual me ahorro un buen pellizco ( + de 4.000 Euros ), pero.....

 

-- A alguien le ha dado problemas esto?

-- Me han dicho que te ponen el cristal de atras de chapa ( véase los típicos blancos .....en fin ya sabeis lo que os digo no? ) ......pero me ha sonado a cuento chino.

-- Al comprarlo me ahorro el IVA , pero , sabeis si al venderlo tengo que pagar mas de lo normal, o siquiera si puedo venderlo?

-- En definitiva, si alguien sabe decirme pros y contras ( quiero decir que no llegue el dia en que me vea con una sorpresa del copón y me jod** el A3 )......bueno....ya sabeis..........

 

La respuesta es muy sencilla: Si la empresa es tuya, no tienes ningun problema. Es mas, seria del genero tonto no comprarlo a traves de ella. Que historia es esa del cristal de chapa? De eso nada, tu compras el coche como te de la gana, como un particular mas, solo que la factura y la documentacion estara a nombre de la empresa. Por eso te preguntaba si la empresa era tuya, si no lo fuera, podrias quedarte sin coche si luego tienes problema con ella y te dice que el coche es suyo (aunque siempre hay maneras de cubrirse las espaldas)

 

Ten en cuenta que, al venderlo, la empresa tendra que emitir una factura con IVA, se lo venda a un particular o a otra empresa.

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Hola !!!!.....tengo una duda que me corroe.......Tengo una pequeña empresa y quiero comprar mi A3 por empresa...con lo cual me ahorro un buen pellizco ( + de 4.000 Euros ), pero.....

 

-- A alguien le ha dado problemas esto?

-- Me han dicho que te ponen el cristal de atras de chapa ( véase los típicos blancos .....en fin ya sabeis lo que os digo no? ) ......pero me ha sonado a cuento chino.

-- Al comprarlo me ahorro el IVA , pero , sabeis si al venderlo tengo que pagar mas de lo normal, o siquiera si puedo venderlo?

-- En definitiva, si alguien sabe decirme pros y contras ( quiero decir que no llegue el dia en que me vea con una sorpresa del copón y me jod** el A3 )......bueno....ya sabeis..........

 

La respuesta es muy sencilla: Si la empresa es tuya, no tienes ningun problema. Es mas, seria del genero tonto no comprarlo a traves de ella. Que historia es esa del cristal de chapa? De eso nada, tu compras el coche como te de la gana, como un particular mas, solo que la factura y la documentacion estara a nombre de la empresa. Por eso te preguntaba si la empresa era tuya, si no lo fuera, podrias quedarte sin coche si luego tienes problema con ella y te dice que el coche es suyo (aunque siempre hay maneras de cubrirse las espaldas)

 

Ten en cuenta que, al venderlo, la empresa tendra que emitir una factura con IVA, se lo venda a un particular o a otra empresa.

 

 

ASI es, para nada existe eso de cristal de chapa, como dices :unsure: , mi jefe se compro el 530d como coche de empresa, mi tio se compro su a4 como coche de empresa, ahorras el IVA, pero a la hora de vender tienes que pagarlo si lo vendes a un particular, o creo que era asin.

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Hola !!!!.....tengo una duda que me corroe.......Tengo una pequeña empresa y quiero comprar mi A3 por empresa...con lo cual me ahorro un buen pellizco ( + de 4.000 Euros ), pero.....

 

-- A alguien le ha dado problemas esto?

-- Me han dicho que te ponen el cristal de atras de chapa ( véase los típicos blancos .....en fin ya sabeis lo que os digo no? ) ......pero me ha sonado a cuento chino.

-- Al comprarlo me ahorro el IVA , pero , sabeis si al venderlo tengo que pagar mas de lo normal, o siquiera si puedo venderlo?

-- En definitiva, si alguien sabe decirme pros y contras ( quiero decir que no llegue el dia en que me vea con una sorpresa del copón y me jod** el A3 )......bueno....ya sabeis..........

 

La respuesta es muy sencilla: Si la empresa es tuya, no tienes ningun problema. Es mas, seria del genero tonto no comprarlo a traves de ella. Que historia es esa del cristal de chapa? De eso nada, tu compras el coche como te de la gana, como un particular mas, solo que la factura y la documentacion estara a nombre de la empresa. Por eso te preguntaba si la empresa era tuya, si no lo fuera, podrias quedarte sin coche si luego tienes problema con ella y te dice que el coche es suyo (aunque siempre hay maneras de cubrirse las espaldas)

 

Ten en cuenta que, al venderlo, la empresa tendra que emitir una factura con IVA, se lo venda a un particular o a otra empresa.

 

 

ASI es, para nada existe eso de cristal de chapa, como dices :wub: , mi jefe se compro el 530d como coche de empresa, mi tio se compro su a4 como coche de empresa, ahorras el IVA, pero a la hora de vender tienes que pagarlo si lo vendes a un particular, o creo que era asin.

 

No, no es asi. A ver, el IVA para una empresa no produce gasto, solo es gasto para el consumidor final, por eso se llama impuesto indirecto, se va trasladando por toda la cadena productiva hasta el consumidor final.

 

En este caso, el IVA la empresa lo paga al comprar el coche. La factura del concesionario va con IVA, da igual que sea para una empresa que para un individuo. Lo q sucede es que en la declaracion a hacienda (ya sea mensual o trimestral), la empresa deduce ese IVA, ya que el balance entre el IVA repercutido (ingresado) y el IVA soportado (pagado) tiene que ser igual a cero. Asi, si la empresa ha pagado mas IVA del que ha ingresado, hecienda devuelve la diferencia, y si es al reves, la empresa le paga a hacienda la diferencia.

 

Cuendo la empresa quiera vender el coche, es lo mismo, aunque al reves. La empresa emitira una factura con IVA (da igual si es a otra empresa o a un particular), lo ingresara y lo deducira en la declaración.

 

En realidad es bastante sencillo, aunque asi explicado parezca un lio. Espero que se me haya entendido :cry2:

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Hola !!!!.....tengo una duda que me corroe.......Tengo una pequeña empresa y quiero comprar mi A3 por empresa...con lo cual me ahorro un buen pellizco ( + de 4.000 Euros ), pero.....

 

-- A alguien le ha dado problemas esto?

-- Me han dicho que te ponen el cristal de atras de chapa ( véase los típicos blancos .....en fin ya sabeis lo que os digo no? ) ......pero me ha sonado a cuento chino.

-- Al comprarlo me ahorro el IVA , pero , sabeis si al venderlo tengo que pagar mas de lo normal, o siquiera si puedo venderlo?

-- En definitiva, si alguien sabe decirme pros y contras ( quiero decir que no llegue el dia en que me vea con una sorpresa del copón y me jod** el A3 )......bueno....ya sabeis..........

 

La respuesta es muy sencilla: Si la empresa es tuya, no tienes ningun problema. Es mas, seria del genero tonto no comprarlo a traves de ella. Que historia es esa del cristal de chapa? De eso nada, tu compras el coche como te de la gana, como un particular mas, solo que la factura y la documentacion estara a nombre de la empresa. Por eso te preguntaba si la empresa era tuya, si no lo fuera, podrias quedarte sin coche si luego tienes problema con ella y te dice que el coche es suyo (aunque siempre hay maneras de cubrirse las espaldas)

 

Ten en cuenta que, al venderlo, la empresa tendra que emitir una factura con IVA, se lo venda a un particular o a otra empresa.

 

 

ASI es, para nada existe eso de cristal de chapa, como dices :blink: , mi jefe se compro el 530d como coche de empresa, mi tio se compro su a4 como coche de empresa, ahorras el IVA, pero a la hora de vender tienes que pagarlo si lo vendes a un particular, o creo que era asin.

 

No, no es asi. A ver, el IVA para una empresa no produce gasto, solo es gasto para el consumidor final, por eso se llama impuesto indirecto, se va trasladando por toda la cadena productiva hasta el consumidor final.

 

En este caso, el IVA la empresa lo paga al comprar el coche. La factura del concesionario va con IVA, da igual que sea para una empresa que para un individuo. Lo q sucede es que en la declaracion a hacienda (ya sea mensual o trimestral), la empresa deduce ese IVA, ya que el balance entre el IVA repercutido (ingresado) y el IVA soportado (pagado) tiene que ser igual a cero. Asi, si la empresa ha pagado mas IVA del que ha ingresado, hecienda devuelve la diferencia, y si es al reves, la empresa le paga a hacienda la diferencia.

 

Cuendo la empresa quiera vender el coche, es lo mismo, aunque al reves. La empresa emitira una factura con IVA (da igual si es a otra empresa o a un particular), lo ingresara y lo deducira en la declaración.

 

En realidad es bastante sencillo, aunque asi explicado parezca un lio. Espero que se me haya entendido :clap1:

 

yo me referia en alemania, no pagaron iva, y segun le dijeron en la gestoria el dia que lo quisieran vender tendrian que abonar el iva o algo asi :clap1: :clap1: mañana le pregunto

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y te desgrabas el 100% del IVA o el 50% ¿?¿¿

 

¿Alguien lo sabe? :ph34r:

 

Pues, por desgracia, sí.... :bsh1:

 

Si tienes una inspección de iva por compra de vehículo, y no es una furgoneta o similar, empieza el hilo del que tirará el inspector o subinspector. A saber:

 

1) Para que te puedas deducir IVA, el bien comprado tiene que estar afecto a la actividad de la empresa (debe ser utilizado para la actividad habitual de la empresa). Esto es fácil: a diario lo utilizo para visitas, gestiones, etc.etc.

 

2) Para deducir el 100% el vehículo debe tener uso exclusivo de la empresa y no para fines particulares. Y aquí empieza la guerra con la AEAT. Si es una berlina, quien practique la liquidación te dejará deducir el 50% del IVA (no se exactamente en virtud de qué ley). Si reclamas el acta, entonces tendrás otra inspecció más a fondo..... :blink: :ph34r:

 

No conozco a ningún empresario que, tras una inspección del IVA de su coche, haya conseguido deducir el 100%.

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Desgravas el 100%. Lo ha explicado muy claro NachoTT: tú pagas un IVA. Cuando llegue el momento tu declaras lo que has pagado y lo que has cobrado (hablamos siempre de IVA); la diferencia hasta dejar las dos cantidades iguales es lo que tienes que pagar (o lo que te tienen que devolver) Hacienda.

 

SALUDOS

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Desgravas el 100%. Lo ha explicado muy claro NachoTT: tú pagas un IVA. Cuando llegue el momento tu declaras lo que has pagado y lo que has cobrado (hablamos siempre de IVA); la diferencia hasta dejar las dos cantidades iguales es lo que tienes que pagar (o lo que te tienen que devolver) Hacienda.

 

SALUDOS

 

No está tan claro. Para deducir (no desgravar) el 100% del IVA tienes que demostrar que el 100% del uso del vehículo se destina a la empresa. Y eso es muuuuy dificil....

Yo, de hecho, no desgravé el 100% y no fue precisamente por falta de ganas... :blink:

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Desgravas el 100%. Lo ha explicado muy claro NachoTT: tú pagas un IVA. Cuando llegue el momento tu declaras lo que has pagado y lo que has cobrado (hablamos siempre de IVA); la diferencia hasta dejar las dos cantidades iguales es lo que tienes que pagar (o lo que te tienen que devolver) Hacienda.

 

SALUDOS

 

No está tan claro. Para deducir (no desgravar) el 100% del IVA tienes que demostrar que el 100% del uso del vehículo se destina a la empresa. Y eso es muuuuy dificil....

Yo, de hecho, no desgravé el 100% y no fue precisamente por falta de ganas... :(

 

No tienes nada que demostrar. Tu deduces el 100% y listo. Tendras que demostrarlo en caso de inspeccion y en caso de que ese inspector de meta ahi, algo que no ocurre a menudo. Llegados a este punto, simplemente hay que decir que ese vehiculo se usa para labores comerciales (p.ej. es el coche del director comercial, del gerente, o algo asi) y listo.

 

Lo digo por experiencia, en mi trabajo es algo muy comun y nunca ha habido ningun problema. El ultimo un BMW 330 CD. Se compro hace un par de años, a nombre de la empresa, y encima, financiado por Leasing, con lo que el IVA se paga en cada cuota y se deduce mes a mes, y hasta la fecha ningun problema. En alguna inspeccion, hace años, recuerdo que han preguntado, pero nada mas.

 

Respecto a si el coche es importado, funciona exactamente igual. O se paga el IVA en Alemania (o donde sea) al comprar el coche, o se paga aqui al transferirlo. En cualquiera de los dos casos, la empresa lo deducira en su declaracion, solo cambia la casilla en la que lo hara (regimen general o adquisicion intracomunitaria).

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Desgravas el 100%. Lo ha explicado muy claro NachoTT: tú pagas un IVA. Cuando llegue el momento tu declaras lo que has pagado y lo que has cobrado (hablamos siempre de IVA); la diferencia hasta dejar las dos cantidades iguales es lo que tienes que pagar (o lo que te tienen que devolver) Hacienda.

 

SALUDOS

 

No está tan claro. Para deducir (no desgravar) el 100% del IVA tienes que demostrar que el 100% del uso del vehículo se destina a la empresa. Y eso es muuuuy dificil....

Yo, de hecho, no desgravé el 100% y no fue precisamente por falta de ganas... :laugh:

 

No tienes nada que demostrar. Tu deduces el 100% y listo. Tendras que demostrarlo en caso de inspeccion y en caso de que ese inspector de meta ahi, algo que no ocurre a menudo. Llegados a este punto, simplemente hay que decir que ese vehiculo se usa para labores comerciales (p.ej. es el coche del director comercial, del gerente, o algo asi) y listo.

 

Lo digo por experiencia, en mi trabajo es algo muy comun y nunca ha habido ningun problema. El ultimo un BMW 330 CD. Se compro hace un par de años, a nombre de la empresa, y encima, financiado por Leasing, con lo que el IVA se paga en cada cuota y se deduce mes a mes, y hasta la fecha ningun problema. En alguna inspeccion, hace años, recuerdo que han preguntado, pero nada mas.

 

Respecto a si el coche es importado, funciona exactamente igual. O se paga el IVA en Alemania (o donde sea) al comprar el coche, o se paga aqui al transferirlo. En cualquiera de los dos casos, la empresa lo deducira en su declaracion, solo cambia la casilla en la que lo hara (regimen general o adquisicion intracomunitaria).

 

Totalmente de acuerdo, además hay pequeños trucos para salvar estos temas...el más común, es tener a tu nombre otro coche (suele ser el de la mujer en estos casos) y siempre puedes alegar que el de empresa es sólo para labores de representación...

 

Generalmente, hacienda no te va a decir nada si el valor del vehículo no supera los 60000 Aurelios..

 

Una forma más fácil es el renting, planteatelo yo el mio lo tengo por renting y al ser un alquiler no tendrás problemas con lo del IVA...yo lo empleo el 100% del tiempo, aunque para cubrirme las espaldas el coche de mi hermano está a mi nombre :drool:

Publicado (editado)

lo de deducir el 50% o el 100% depende un poco de ti, si quieres como si le deduces el 27%, solo que supuestamente hay que demostrarlo ( ojo , solo cuando te venga una inspeccion ), pero, no se van a meter contigo por eso , sino que pueda coincidir que te fuesen a hacer una inspeccion por otra cosa y metan eso por el medio , que porque no se van a meter contigo ?, pues porque es un coche de empresa y no van a mirarlos todos y cada uno , lo que si van a tener en cuenta , es a esa gente que tiene 6 coches de empresa, pero estan a otros mnombres, el del tio , el de su primo , el de su padre , etc....ya me entendeis, además , en realidad yo solo uso el coche para venir al trabajo y poco más, no creo que se pongan a hacerme un seguimiento, porque les saldría por un pico ( aparte de que tiene que haber una denuncia y bla bla bla bla ) y no podrían demostrar que es o no para la empresa excepto que sea algo evidente y descarado como lo de 6 coches de empresa......... ( y resulta que son 2 trabajando :D )....... en fin, creo que si podré ahorrarme el 100% , pero eso si, y esto empieza otra discusion sobre el tema, cuando yo lo venda tengo que pagar el IVA , pero que IVA ??....el del valor del coche ahora o el del valor del coche cuando lo venda?? ........ pensadlo y no me contesteis si no estais seguros , que aunque parezca una tonteria y parece evidente que es de cuando lo vendas , los organismos gubernamentales , cuando te dan algo te exigen otras cosas en muchos casos es no cesar lo que has pedido , de lo contrario deberas abonar la ayuda prestada , a veces (por experiencia ) en su totalidad ( se que no te vas a pasar el resto de tus dias con el coche , pero alomejor te ponen un plazo de 8 años , vete tu a saber , y si lo vendes antes pagas los 4.500 que te ahorras )

Editado por chichator
Publicado

lo de la chapa existe para algunas marcas, he visto corsas, citroen ax, etc con la parte de atras de chapa, pero son un modelo que se vende ASI y en la denominacion comercial ya lo indica (creo que el Corsa es el modelo "Van", y ademas a la hora de harceles el seguro los catalogan como vehiculo comercial.

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