Wintermute Publicado 20 de Octubre del 2006 Denunciar Publicado 20 de Octubre del 2006 Qué tal chicos !! Bueno, como no tengo ni "pajolera" idea del tema, y, además, va a ser la primera vez que haya algo por el estilo, me gustaría que me "asesoraráis" un poco en la medida de lo posible sobre el siguiente tema ; Yo trabajo de mañana, concretamente de 7 a 15 horas, por lo tanto, 8 horas al día y por lo tanto, toda la tarde libre. A partir de este Lunes, voy a empezar a trabajar por las tardes también, concretamente de 16 a 20 horas, es decir, 4 horas más a parte de las 8 que "meto" por la mañana.. Mi pregunta és la siguiente, puede haber algun tipo de problema ? Es legal estar dado 2 veces de alta en la Seguridad Social ? Qué debo de tener en cuenta ? Hacienda, como actua en estos casos ? Estoy hecho un lio, podriáis echarme una mano chicos ? Gracias de ante mano ! Responder
Cortes Publicado 20 de Octubre del 2006 Denunciar Publicado 20 de Octubre del 2006 Se puede legalmente trabajar mas de 40 horas a la semana? Como veras no tengo idea del tema! Responder
Wintermute Publicado 20 de Octubre del 2006 Autor Denunciar Publicado 20 de Octubre del 2006 Se puede legalmente trabajar mas de 40 horas a la semana? Como veras no tengo idea del tema! Ahí es donde quiero llegar yo, Cortés.. ¿ Se puede ? Responder
Hamster Publicado 20 de Octubre del 2006 Denunciar Publicado 20 de Octubre del 2006 La pregunta: te conviene estar dado de alta 2 veces?, pagar impuestos 2 veces?, creo que hacienda da un buen palo a los pluriempleados. Supongo que sí puedes trabajar mas de 40 horas semanales, pero no en el mismo trabajo. Ah, y todo dependerá de los convenios laborales que tengas. Buuufffff, son tantas cosas......... Algún experto que nos saque de dudas. Responder
NIÑO_PERA Publicado 20 de Octubre del 2006 Denunciar Publicado 20 de Octubre del 2006 Yo apuesto porque no se pueda,ya que no puedes tener un contrato de jornada completa y otro mas aparte. Saludos Responder
Tolo Publicado 20 de Octubre del 2006 Denunciar Publicado 20 de Octubre del 2006 Puedes tener un contrato tiempo parcial además de uno a jornada completa, seguro. Pagarás lo que tengas que pagar: IRPF de tus ingresos... Suerte. Responder
a4avant Publicado 20 de Octubre del 2006 Denunciar Publicado 20 de Octubre del 2006 De mis tiempos de derecho laboral, creo recordar que NO. Sólo puedes estar contratado un maximo de 40horas semanales excepto en epocas de campaña, o algo ASI. Si no es ASI que me corrijan, pero creo que no me equivoco Responder
-JOSEMA- Publicado 20 de Octubre del 2006 Denunciar Publicado 20 de Octubre del 2006 Aunque no estes en ningun sindicato,acercate a uno y te resolveran las dudas qu etienes. Responder
DOLESCO Publicado 20 de Octubre del 2006 Denunciar Publicado 20 de Octubre del 2006 No hay ningún problema en trabajar más de 40 horas semanales, simepre y cuando éstas no se hagan todas en el mismo trabajo. No tendrás ningún tipo de problema legal al tener 2 trabajos, como si quieres tener tres y no dormir en todo el día. Lo único que has de cumplir es con la obligación de los dos contratos de trabajo y pagar dos retenciones de I.R.P.F. que las empresas que te contraten harán por tí. Estas retenciones influiran directamente a la hora del calculo al hacer la declaración de la renta, ya que tendrás dos nóminas, dos retenciones, etc... Suerte. Responder
Tranceformer Publicado 20 de Octubre del 2006 Denunciar Publicado 20 de Octubre del 2006 Por lo que comentas entiendo que vas a trabajar en dos empresas distintas , si es ASI lo que tienes que hacer es comentarlo en las dos empresas y ellas compartiran tus aportes a la Seguridad Social. Depende de la jornada laboral se hacen unos tantos por ciento según unas tablas ya existentes para que ASI las dos empresas sepan lo que tienen que pagar por ti y a su vez lo que te descontarán a ti. ASI es legalmente pero OJO con los descuentos que te aplican por I.R.P.F por que a la hora de hacer la declaración de Hacienda te puedes llevar sorpresas desagradables; por todo ello te aconsejo que te los calculen correctamente según tus ingresos y si lo ves necesario te aumentes unos puntos en este concepto...vamos que pagues un poco más mes a mes para que luego Hacienda <_< no te meta el palo. Con respecto a la jornada laboral puedes llegar a hacer legalmente 1 jornada y 1/2. Espero haberte ayudado Un saludo Responder
fitille Publicado 20 de Octubre del 2006 Denunciar Publicado 20 de Octubre del 2006 Por lo que comentas entiendo que vas a trabajar en dos empresas distintas , si es ASI lo que tienes que hacer es comentarlo en las dos empresas y ellas compartiran tus aportes a la Seguridad Social. Depende de la jornada laboral se hacen unos tantos por ciento según unas tablas ya existentes para que ASI las dos empresas sepan lo que tienen que pagar por ti y a su vez lo que te descontarán a ti. ASI es legalmente pero OJO con los descuentos que te aplican por I.R.P.F por que a la hora de hacer la declaración de Hacienda te puedes llevar sorpresas desagradables; por todo ello te aconsejo que te los calculen correctamente según tus ingresos y si lo ves necesario te aumentes unos puntos en este concepto...vamos que pagues un poco más mes a mes para que luego Hacienda <_< no te meta el palo. Con respecto a la jornada laboral puedes llegar a hacer legalmente 1 jornada y 1/2. Espero haberte ayudado Un saludo Efectivamente: En mi caso trabajo en un Holding, por la mañana en una empresa y por la tarde en la otra (4 horas en cada una). cada una paga la cantidad correspondiente de S.S. En el IRPF el problema es que se calcula la retención correspondiente a lo que cobras en cada una independientemente, por lo tanto te retienen mucho menos de lo que toca... En mi caso pedí subir las retenciónes algún punto... S2. Responder
LEGRAN Publicado 20 de Octubre del 2006 Denunciar Publicado 20 de Octubre del 2006 a eso se llama PLURIEMPLEO, como te han dicho la cotización a la Seguridad Social se reparte entre las dos empresas y el máximo que puedes cotizar sería el tope que rija para cada año (este año en concreto es de 2.897,70 euros mensuales) Responder
sonjor avant Publicado 20 de Octubre del 2006 Denunciar Publicado 20 de Octubre del 2006 (editado) Hay que ver como se aprende aquí!! :ranting2: Los chinos tambien tienen que dominar de esto seguro!! Lo mejor de todo, es que me he fijado como mayor meta en mi vida laboral trabajar solo de 7 a 15 . Editado 20 de Octubre del 2006 por sonjor avant Responder
Wintermute Publicado 20 de Octubre del 2006 Autor Denunciar Publicado 20 de Octubre del 2006 Muchas gracias chicos, ahora lo tengo algo más claro, por lo menos es legal, algo que ya me temía, y otro dato a tener en cuenta es el IRPF, vamos, que cuanto más alto conste en la nómina mejor ? Creo que en ese aspecto no habrá problema, hablaré con una de las dos empresas, a ver que pueden hacer al respecto.. Mil gracias a todos !! :shocked: Responder
alexaudio14 Publicado 20 de Octubre del 2006 Denunciar Publicado 20 de Octubre del 2006 a eso se le llama persona trabajadora :shocked: :clap1: legal como te dicen si es, pero supongo que informaras a ambas empresas, hay veces que no quieren gente pluriempleada por el echo del rendimiento laboral... ya me entiendes. saludos Responder
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