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Hola:

Tengo ojeado un a6 que está a nombre de una empresa y quería saber si alguien me puede decir como se transfiere a nombre de un particular,que pasos hay que seguir,si el coche se vende con factura,si tengo que pagar el ITP..etc.No me gustaría comprar el coche y que luego me vengan diciendo que el coche está embargado o que debo el IVA a hacienda o dios sabe que.

Agradecería que alguien me pudiera aclarar el proceso.

Un saludo. :)


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Hola:

Tengo ojeado un a6 que está a nombre de una empresa y quería saber si alguien me puede decir como se transfiere a nombre de un particular,que pasos hay que seguir,si el coche se vende con factura,si tengo que pagar el ITP..etc.No me gustaría comprar el coche y que luego me vengan diciendo que el coche está embargado o que debo el IVA a hacienda o dios sabe que.

Agradecería que alguien me pudiera aclarar el proceso.

Un saludo. :)

 

Si la empresa es nacional con que te haga un factura con IVA especificando lo que te vende con número de chasis, km´s y copia de la documentación aneja llega.

Por otro lado también puedes pagale por transferencia o cualquier otro método que deje rastro, así si la empresa no declara el IVA o algo parecido, tú al mostrar la factura y el pago quedas libre de culpa.

El fraude del IVA procede en operaciones triangulares y /o internacionales.

Publicado (editado)

en cuanto a posibles embargos, éstos quedan registrados en Tráfico. Te enterarías en el momento de hacer la transferencia de papeles.

 

Como es una empresa, lo mejor es que te lo haga un gestor especializado, por que es algo más complicado, puesto que de su parte deben aportar un montón de papeles presentados por su administrador, o persona con poderes. Además te ahorrarás perder una o un par de mañanas en Tráfico.

 

Sé de casos que se han transferido vehículos embargados, a veces Tráfico lo menciona pero no impide la transferencia, sobretodo cuando de la transferencia se encargan gestores dedicados a ésto, ya que Tráfico les da ciertas "facilidades". Eso és lo que hay que evitar.

 

Si tienes esa sospecha, aunque no es probable, haz la consulta a Tráfico. Les comentas el caso y seguro que te lo miran, porque creo que el registro de embargos es público por ley.

 

Te digo que no es probable por que si ellos venden, además con factura! algo embargado por Hacienda estarán cometiendo un delito bastante grave: alzamiento de bienes

 

Por supuesto debes pagar el ITP que toque al vehículo (te lo calculan Tráfico) y el IVA de la factura, claro. la empresa se lo entregará a Hacienda. Los consumidores finales són los que cargan con el IVA, las empresas se lo van pasando cual pelota.

Editado por zmzm
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...

Por supuesto debes pagar el ITP que toque al vehículo (te lo calculan Tráfico) y el IVA de la factura, claro. la empresa se lo entregará a Hacienda. Los consumidores finales són los que cargan con el IVA, las empresas se lo van pasando cual pelota.

...

 

Permíteme que te corrija, el ITP y el IVA en su naturaleza son incompatibles. Si el vendedor es una empresa con la factura ya liquidas IVA y el ITP sobra. (y viceversa).

 

En cuanto al alzamiento de bienes... yo diria tal, diría estafa, y al tener factura y pago comprobado, la buena fe del adquiriente queda demostrada, si bien los problemas que le vienen encima independientemente de que quede demostrada su inocencia no son pocos, por eso tu consejo de cara a ver el posible embargo del vehículo me parece acertadísimo.

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Por supuesto debes pagar el ITP que toque al vehículo (te lo calculan Tráfico) y el IVA de la factura, claro. la empresa se lo entregará a Hacienda. Los consumidores finales són los que cargan con el IVA, las empresas se lo van pasando cual pelota.

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Permíteme que te corrija, el ITP y el IVA en su naturaleza son incompatibles. Si el vendedor es una empresa con la factura ya liquidas IVA y el ITP sobra. (y viceversa).

 

En cuanto al alzamiento de bienes... yo diria tal, diría estafa, y al tener factura y pago comprobado, la buena fe del adquiriente queda demostrada, si bien los problemas que le vienen encima independientemente de que quede demostrada su inocencia no son pocos, por eso tu consejo de cara a ver el posible embargo del vehículo me parece acertadísimo.

 

Efectivamente lel IVA y el ITP son incompatibles, en este caso se abonaría el IVA, no el ITP, además el cálculo de impuesto de transmisiones corresponde a la Hacienda de cada territorio, Tráfico te remite a Hacienda y punto, no se meten en cuestiones impositivas.

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Hola,

 

Yo acabo de hacer una transferenca empresa-particular. A parte de los papeles de siempre del vehículo, necesitas el DNI de la persona representante de la empresa (original), un documento en el que el representante acredita ser quien es (es una fotocopia que conseguiras en una gestoria o en tráfico), factura con IVA i los papeles de transferencia de siempre, evidentemente el DNI original del comprador, ITV pasada i lo normal.

 

Saludos

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tenéis toda la razón, que metedura de pata. si hay factura con iva no hay itp, que sólo se aplica entre particulares. de hecho es el sustituto que hacienda se inventó para trincar algo en las transferencia particular-particular. :drooling:

 

disculpad :drooling:

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